Noticia Ampliada
- 20/04/2026
- Informe semanal Trivia [Servicios Profesionales] - Síntesis de noticias legales/impositivas.
Semana del 5 al 9 de mayo
* 5/5 - Se presentó la Versión 29.0 Release 1 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones - SIJyP. La versión 29 mantiene todas las funcionalidades de las versiones anteriores.Novedades de la Versión 29.0: Desde 1-2008 Aporte Ley 24241 SIJP: 11% Régimen de Capitalización y Reparto. Desde 5-2007 Aporte Ley 24018:
12% para trabajadores comprendidos en dicho Régimen. Señor empleador de trabajadores comprendidos en Regímenes Especiales (Leyes 22731,
24018 o Decretos 137/05 y/o 160/05) RECUERDE: si confeccionó y presentó el F. 931 correspondiente a Abril 2007 y siguientes mediante versión 28 o anterior, DEBERÁ RECTIFICAR POR NOMINA COMPLETA con la versión 29 Este Release mantiene todas las funcionalidades de las versiones anteriores y retoma la editabilidad del campo Remuneración
1 para períodos anteriores a 10/2002. Requiere SIAP.
* 8/5 Se presentó la Versión 1.0 Release 7 de Agentes de Recaudación (AR Bancos).
Es de uso obligatorio para las Entidades Financieras y aquellas encuadradas en el régimen de retención sobre Créditos Bancarios (actividad 26).
Forma de pago de las obligaciones: Pago Electrónico, Banco Provincia de Buenos Aires o "Bapro Pagos".
Detalle de la salida del aplicativo: Archivo ZIP que se transmitirá por internet (www.arba.gov.ar), Sector Ingresos Brutos - Agentes de Recaudación. Formularios electrónicos y/o manuales: R-109B, R-110B y R-111B C . Requiere SIAP.
* Destacados
AFIP. Ganancias Personas Jurídicas y Ganancia Mínima Presunta:
Prórroga en la presentación hasta el 30 de Mayo.
La AFIP extendió las fechas límite para la presentación de las Declaraciones Juradas de Ganancias Personas Jurídicas y Ganancia Mínima Presunta. Lo hizo por medio de la Resolución General N° 2344 (aún no publicada en el Boletín Oficial). A continuación se detallan los principales cambios:
Presentación de las Declaraciones Juradas
- Ganancias Personas Jurídicas: La fecha límite para la presentación de las Declaraciones Juradas se extendió hasta el 30 de mayo, inclusive.
- Ganancia Mínima Presunta: La fecha límite para la presentación de las Declaraciones Juradas se extendió hasta el 30 de mayo, inclusive.
- Para las personas físicas y sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales, el vencimiento se extendió hasta el 30 de junio de 2008.
- Pago: La fecha de pago de las Declaraciones Juradas de estos impuestos no sufrió modificaciones. El cronograma de vencimientos comienza el 13 de mayo del corriente. Si abona el saldo del impuesto mediante el Plan de Facilidades de Pago establecido por la RG N° 984, el vencimiento de la primera cuota operará en mayo, y las restantes vencerán los días 22 de los meses de junio y julio de 2008.
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