Noticia Ampliada
- 29/04/2026
- Informe semanal Trivia [Servicios Profesionales] - síntesis de noticias legales/impositivas.
Semana del 22 al 26 de septiembre
* Novedades- 26/9 - Media Jornada sobre "Ejecución Fiscal en CABA". Se publicó el material completo de la reunión realizada el 20 de agosto de 2008. Los principales temas tratados fueron los siguientes:
. Nueva conducción y nacimiento de AGIP
. Aspectos mas relevantes en el proceso judicial en materia de juicios ejecutivos en CABA . Juicio de ejecución fiscal . Preguntas y Respuestas Primer Bloque . Reflexiones acerca del Juicio de Ejecución Fiscal . Cambios introducidos en la gestión de cobranza a partir de la Ley 2603 . Sistema de cobranza de obligaciones fiscales morosas . Rol del poder judicial en el juicio de Ejecución Fiscal . Preguntas y Respuestas Segundo Bloque
* Destacados
- ANSeS. Aumento de Asignaciones Familiares.
El Director Ejecutivo de ANSES, Amado Boudou, anunció el aumento del 50% de las asignaciones familiares por matrimonio, nacimiento y adopción; así como 35% en el valor de las Prestaciones y cambio en los valores de la escala de hijo, prenatal, hijo discapacitado y cónyuge.
Por su parte, el aumento de las Asignaciones Familiares Extraordinarias (matrimonio, nacimiento y adopción) tendrá vigencia a partir del mensual septiembre. Alcanza a trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios de la prestación por Desempleo, Beneficiarios de la Ley de Riesgos de Trabajo y Beneficiarios de Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
Las nuevas escalas que se abonarán, de acuerdo al salario del trabajador son las siguientes:
Pago por Hijo
- Los que perciben un salario bruto entre $100 y $2.400 cobrarán $135 por hijo y $540 por hijo discapacitado.
- Los que perciben entre $2.400 y $3.600 cobrarán $101,30 por hijo y $405 por hijo discapacitado.
- Los que perciben entre $3.600 y $4.800 cobrarán $67,50 y $270 por hijo discapacitado (sin tope en este caso).
Dichas asignaciones las perciben los trabajadores y jubilados por cada hijo menor de 18 años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trata de un hijo discapacitado. Fuente www.anses.gov.ar
- AFIP. Vigencia de los nuevos valores de deducciones para el cálculo de retenciones de ganancias aplicables a las rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones.
De acuerdo con la Res. Gral. AFIP 2490/08 a las sumas a abonarse en septiembre de 2008 deberán aplicarse los nuevos valores de deducciones para el cálculo de retenciones del Impuesto a las Ganancias.
Las diferencias que surjan a favor de los sujetos retenidos por ganancias percibidas hasta septiembre de 2008, inclusive recibirán el siguiente tratamiento:
. Menores o iguales a $ 54.000: Las diferencias serán abonadas por el empleador junto con las remuneraciones correspondientes al mes de septiembre 2008 compensando las retenciones del período que correspondan en función de los nuevos valores.
. Mayores a $ 54.000: El saldo a favor se irá descontando de las retenciones que correspondan ser ingresadas en los meses que restan del período fiscal 2008. De quedar un remanente al finalizar el ejercicio será reintegrado luego de efectuada la liquidación anual del impuesto (art. 14 RG 2437 cuando se efectúe el siguiente pago (neto de las retenciones que correspondan en ese mes). Fuente www.afip.gov.ar
Más información: Res. Gral. AFIP 2490/08 o Res. Gral. AFIP 2437/08
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