loader

Noticia Ampliada

  • 23/04/2026
  • La importancia de las pruebas en materia tributaria

Por Alejandra Sarni y Marité Cosentino, Departamento de Impuestos de BDO Becher, www.bdobecher.com

Recientemente se dio a conocer una causa en la cual el Tribunal Fiscal de la Nación con notable acierto (“Araya y Toreta S.A.I.C.”) ha corregido el proceder del Fisco, a partir de la valoración de las pruebas aportadas por el contribuyente que no habían sido ponderadas en la instancia administrativa.

En efecto, ante la insuficiencia de la documentación y demás elementos mediante los cuales la empresa fiscalizada pretendía justificar el origen de los fondos aportados por uno de sus accionistas –que a la vez era el presidente de la Compañía-, la Administración Tributaria concluyó que el incremento patrimonial en cuestión provenía de ventas no declaradas, las cuales se encontraban gravadas por el Impuesto al Valor Agregado.

Frente a ello, y de manera casi automática, los inspectores actuantes proyectaron los ajustes relativos a los impuestos a las ganancias y al valor agregado, cuantificando -de ese modo- las sumas omitidas en dichos gravámenes.

En forma inmediata, y con el objeto de desvirtuar el ajuste practicado, el contribuyente aportó un informe técnico emitido por un ingeniero químico, evidenciando las reales posibilidades productivas de la firma elaboradora de bebidas, de acuerdo (i) al estado de conservación y antigüedad de los bienes de uso, (ii) los recursos humanos disponibles y (iii) el consumo de energía eléctrica real según la facturación emitida por la empresa provincial de energía eléctrica.

Sin embargo, y despreciando el valor probatorio de ese informe emitido por profesional idóneo, el juez administrativo desestimó sin más la prueba arrimada por el contribuyente, por considerar que la misma debió orientarse a demostrar la verdadera existencia del aporte irrevocable efectuado.

A su turno, y en una sentencia que opinamos merece ser destacada y citada frente a cualquier accionar arbitrario del Fisco, el TFN advirtió con irrefutable claridad que el Fisco no había ponderado debidamente la totalidad de los elementos probatorios aportados por el contribuyente. En ese orden de ideas, resaltó que “la falta de consideración de los mismos impidió respetar el postulado de realidad económica que rige la materia fiscal”.

En efecto, aún cuando el Tribunal convalidó la existencia del incremento patrimonial no justificado y, en consecuencia, el monto adeudado en concepto de impuesto a las ganancias omitido, resaltó que, al desconocer la prueba relativa a la capacidad de productiva del contribuyente, la AFIP no procuró buscar la realidad material de los hechos.

Con muy buen criterio, el TFN señaló que la Administración no llevó a cabo ningún tipo de tarea tendiente a confirmar la existencia real de las ventas presumiblemente omitidas, limitándose a descalificar sin un argumento válido las pruebas acercadas por el contribuyente.

Como se advierte, el proceder desplegado por el Fisco en este caso denota la simpleza con la cual -en reiteradas oportunidades y con un tinte netamente recaudatorio- opera el Organismo Fiscalizador, obligando al contribuyente a defenderse y, de esa manera, rebatir la caprichosa y apresurada postura fiscal.

Al mismo tiempo, podemos destacar que la sentencia recaída en esta causa pone en evidencia el común abuso que el Fisco hace de la metodología de determinación sobre base presunta, olvidando que la misma constituye una modalidad subsidiaria de valoración, y que debe basarse en indicios ciertos, precisos y concordantes. Es decir, tal como acertadamente lo ha dicho el TFN, las presunciones realizadas deben ser capaces de sustituir la materia que el contribuyente debió haber declarado en razón de los hechos económicos verificados.

Sin lugar a dudas, la causa analizada nos plantea un desafío como asesores tributarios, y éste consiste precisamente en reunir exitosamente las probanzas necesarias para refutar los excesos en los que suele incurrir el Fisco, procurando demostrar la realidad económica del negocio y la envergadura del contribuyente.

Historial de noticias

Creamos Campañas Efectivas


Anuncios Responsivos en contenido exclusivo y enfocado


CONVERSA CON NUESTRO EQUIPO